Contenido de la decimonovena entrega

“Derecho y Debate” trae una edición con importantes aportes a nivel doctrinario y jurisprudencial. En el plano doctrinario, se cuenta con un completo análisis elaborado por el Presidente del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo y destacado jurista Jaime Rodríguez Arana sobre los procedimientos especiales en la nueva ley reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa española.

Además, Fernando Rey, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid y Consejero de Educación de la Comunidad Autónoma de Castilla-León, nos proporciona valiosísimas reflexiones sobre los derechos fundamentales.

De otro lado, el destacado iuspublicista venezolano Víctor Hernández Mendible nos honra con su “El derecho constitucional a la prueba en los procedimientos administrativos”. Mención especial merece, por cierto, el trabajo de Antonio Peña (catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú) y Félix Arias-Schreiber (reconocido investigador peruano radicado en Alemania), donde se reúnen un conjunto de propuestas para mejorar el Sistema de Justicia peruano. Puede o no coincidirse con estas propuestas, pero sin duda debe valorarse la relevancia de este esfuerzo.

Con un tono a veces polémico, pero con argumentos sólidamente sustentados (independientemente de si se coincide o no con ellos), tenemos con nosotros el trabajo de Jasone Astola, profesora titular y destacada constitucionalista del País Vasco, así como el libro de Luis Pacheco Mandujano, profesor titular de varias universidades peruanas. Textos como éstos permiten promover la polémica alturada pero enriquecedora sobre materias sobre las cuales, debido a su relevancia, siempre es necesario reflexionar. Completa los aportes académicos de esta edición unas anotaciones nuestras sobre la especial trascendencia constitucional como causal que permite rechazar liminarmente por manifiestamente improcedentes algunas causas que, vía recurso de agravio, lleguen al Tribunal Constitucional peruano.

Ahora bien, este número de “Derecho y Debate” se permite dar a conocer alguna jurisprudencia, emitida, ya sea por el Tribunal Constitucional peruano o por la Corte Suprema de Justicia de la República. Así, en primer término, nos encontramos con lo resuelto en el Pleno Constitucional y Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de la República sobre el proceso de acción Popular, proceso de control abstracto de la constitucionalidad de normas con rango inferior a la Ley.

Sin duda alguna lo resuelto por la Corte Suprema en este Pleno Constitucional y Contencioso Administrativo es polémico, y, por ende, merece un análisis con mayor detalle. Así, por ejemplo, conviene estudiar el alcance de afirmaciones como aquella que parecería habilitar la procedencia de Acciones Populares contra comunicados, lo cual permitiría la posibilidad de considerar a dicho comunicado como fuentes de Derecho.

De otro lado, también requiere mayor análisis el establecimiento de una consulta obligatoria de los autos mediante los cuales, al discutir la concesión de una medida cautelar, se ha procedido al ejercicio de un control difuso; o la fijación de cinco criterios que la Corte Suprema pide cumplir a la judicatura ordinaria para poder ejercer ese control difuso. En síntesis, estamos ante una decisión sobre cuyos alcances y repercusiones conviene precisar.

De otro lado, la determinación sobre cuál es la alternativa más adecuada para proteger a los trabajadores estatales que hayan sido despedidos, si es que se quiere preservar un contexto de acceso a la función pública en condiciones de meritocracia en un tema en el cual se han emitido pronunciamientos no exentos de un importante debate.

El punto de partida de ese debate es, sin duda alguna, lo resuelto con carácter de precedente en el caso “Huatuco”. Frente a las dudas sobre si lo allí resuelto implicaba la eliminación de la reposición como alternativa a buscar en estos casos, desde el mismo Tribunal Constitucional se van a emitir pronunciamientos como el referido al caso “Jhon Torres”.

Allí se aclara que la reposición, lejos de haber sido suprimida, es una alternativa a la cual todavía se puede recurrir en ciertos casos. Ahora bien, el debate al respecto no queda allí, pues recientemente la Corte Suprema, reclamando seguir los parámetros de “Huatuco”, acaba de emitir un pronunciamiento mediante el cual busca en su opinión precisar los alcances de lo resuelto en “Huatuco”. No corresponde aquí hacer un análisis de la pertinencia de lo resuelto por el Tribunal Constitucional peruano al respecto, o pronunciarse sobre si la Corte Suprema ha respetado el margen propio de sus competencias o ha ido más allá con sus precisiones frente a lo resuelto en “Huatuco”. Dejemos más bien que cada lector haga su propia evaluación y toma de posición al respecto.

Como bien puede apreciar, esta última edición de “Derecho y Debate” cuenta con muchos elementos para el estudio y el análisis. Ojalá entonces tenga la misma acogida que sus antecesoras.


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