Contenido de la Octava Entrega

Reiterando los deseos que este año 2015 se encuentre lleno de éxitos en lo personal y profesional para todos y todas ustedes, llega ahora esta nueva edición de «Derecho y Debate», en la cual se abordan materias que espero sean de vuestro interés.

En esta edición se incluye un Texto del destacado catedrático de Derecho Administrativo Gaspar Ariño, quien de manera que casi podría considerarse autobiográfica explica las razones por las cuales se dedicó a esta importante disciplina jurídica.

Vinculado a este tema se encuentra sin duda los textos de Alejandro Vergara sobre Enseñanza del Derecho Administrativo y lo señalado por las diferentes relatorías del XIX Congreso Internacional del CLAD (Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo) sobre la Reforma del Estado y la Administración Pública, actividad realizada en Quito en noviembre del año pasado, y en la cual se me confió en su momento la condición de expositor, y a la vez, coordinador de un panel.

Ahora bien, la apreciación sobre la labor del Estado y sus diferentes administraciones no solamente puede ser realizada desde una perspectiva general o desde la visión más propia del Derecho Administrativo. Asi, tenemos el aporte de Rogério Gesta y Caroline Fockink, quienes nos muestran puntos de encuentro entre el Derecho Administrativo y el Derecho Penal, a propósito de su trabajo sobre el bien jurídico tutelado en los delitos relativos a contratación pública.

También mucho y muy importante es lo que puede decirse sobre alguno de los problemas específicos de todo Estado contemporáneo (como lo es de la forma de Estado), máxime si abordado desde la mirada del Derecho Constitucional. En ese sentido cobra especial relevancia el valioso aporte de Rafael Ramis y su recensión del libro dirigido por Joan Oliver «El futuro Territorial del Estado Español: ¿Centralización, Autonomía, Federalismo, Confederación o Secesión?», estupendo trabajo acerca de una materia cuyos alcances no solamente se encuentra en debate en España, sino también en muchos otros países, dentro de los cuales el Perú no es por cierto una excepción.

Mención aparte merece en esta ocasión la sección controversia, expresada en esta oportunidad en el texto de diversos pronunciamientos recientemente emitidos por el Tribunal Constitucional Peruano (Votos de mayoría y votos singulares de los magistrados Espinosa-Saldaña Barrera y Ledesma Narváez). La materia sobre la cual explícitamente se debate es si dentro de un Estado Constitucional como el actual, pueden dejarse sin cuestionamiento sentencias emitidas por un Tribunal Constitucional a pesar de que éstas sean írritas, arbitrarias, fraudulentas o carentes de motivación, y en rigor no constituyen cosa juzgada, sino «cosa juzgada aparente, falsa o fraudulenta».

Cierto es que, como se explica en algunos de los votos que se consignan a continuación, ya en el Derecho Comparado e incluso el mismo Tribunal Constitucional peruano con una anterior composición ya había tenido varios pronunciamientos al respecto. Sin embargo, es importante anotar como en estos días esta materia nuevamente ha adquirido, por lo menos en el Perú, un especial significado. Ello no solamente por la materia allí abordada, de suyo relevante, sino porque pone en evidencia cuáles son las diferentes perspectivas sobre los márgenes de acción que deben entenderse como propios de un juez (a) constitucional.

Y junto a todos estos trabajos, Derecho y Debate como siempre trae informaciones sobre diferentes actividades académicas que sin duda generan interés, tanto por su desarrollo como por las conclusiones a las cuales allí se arriben.

Ojalá, tal como ocurrió con sus antecesoras, esta edición de Derecho y Debate proporcione elementos para el análisis de posturas ajenas y la formulación de formulaciones propias de sus diferentes lectores y lectoras.

Eloy Espinosa-Saldaña

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