Derecho y Debate 49

Derecho y Debate trae en este nuevo número algunos temas de actualidad, buscando con ello propiciar en una ocasión más un análisis serio y alturado al respecto. En ese tenor, se incluye aquí diversas resoluciones del Tribunal Constitucional peruano. Confieso que coincido con algunos de esos pronunciamientos, pero que otros me generan tremenda inquietud.

Paso entonces a hacer algunas precisiones al respecto. Y es que la protección jurisdiccional de sectores vulnerables sigue siendo un tema de gran preocupación dentro de Derecho y Debate. Por ende se procede, por ejemplo, a la publicación en esta edición de una sentencia del Tribunal Constitucional peruano, en la cual se consideró que la municipalidad de El Dorado, región San Martín, incumplió con el procedimiento de consulta previa a la comunidad Maray, procedimiento necesario para permitir la extracción de material de acarreo en su territorio adyacente al río Sisa. Sin duda lo allí planteado propone un debate sobre la necesidad de hacer cumplir y tutelar los derechos de los pueblos indígenas.

Además, en este número se recoge otra importante sentencia del Tribunal Constitucional peruano vinculada a la protección judicial en favor de mujeres que han sido víctimas de violencia de género. Lo aquí desarrollado por el Tribunal exige que las autoridades con alguna cuota de autoridad actúen conforme a lo previsto en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Así se hace visible un derecho ya recogido por el ordenamiento jurídico peruano, y se fomenta su puesta en práctica y mayor exigibilidad en casos concretos.

Sin embargo, y muy aparte de las sentencias expuestas, causa inquietud una sentencia del Tribunal Constitucional a través de la cual abre la puerta a que cualquier concesión del Perú, no impugnada oportunamente en un contencioso administrativo, pueda ser extemporáneamente cuestionada y revertida con un proceso civil, decisión violatoria del debido proceso que lamentablemente el Tribunal Constitucional peruano ha convalidado en sede de amparo. Y ello, claro está, incide en el ámbito de las inversiones, y, puede generar una situación de grave inseguridad jurídica. En el mismo tenor, otro caso que preocupa sobremanera tiene que ver con una sentencia del Tribunal Constitucional peruano, mediante la cual se convalida la tercerización en el Perú. Lo resuelto aquí deja muchas veces sin sentido a la primacía de la realidad, y debilita la responsabilidad de los empleadores(as) en la contratación y tutela de los derechos de los trabajadores(as). Por último, también presento en esta edición, la polémica sentencia del Tribunal Constitucional peruano vinculada a las corridas de toros, peleas de toros y peleas de gallos. Como muchos saben, el suscrito discrepa del criterio de mayoría emitido al respecto, pero cree conveniente que cada cual arme su propia opinión sobre el particular.

Ubico también en esta edición de Derecho y Debate dos decretos de urgencia, dictados por el Gobierno peruano de Martín Vizcarra, normas con rango de ley dictadas durante el interregno parlamentario causado por la disolución del Congreso en setiembre de 2019. El primero regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el sector público; y, el segundo, establece reglas y procedimientos especiales para la contratación del personal en el sector público conforme lo resuelto por el Tribunal Constitucional en el caso Huatuco, y su precisión en el caso Cruz Llanos. Precisamente, y sobre este último caso, una Sala del Poder Judicial peruano se ha pronunciado sobre el contenido de lo allí regulado, lo cual plantea un nuevo debate que conviene examinar.

Además, se publica en este número lo señalado por Osce. Esta autoridad es la responsable de asegurar el cumplimiento de las adquisiciones públicas en el Perú, y ha emitido una controvertida resolución sobre el procedimiento a seguir para contratar con el Estado, a fin de que no se genere una responsabilidad administrativa del contratista que conlleve una eventual infracción.

Finalmente, se presenta lo decidido por el Ciadi en una demanda entre la empresa española Lidecorn y el Estado Peruano, la cual espero sea de su interés.

Es así como Derecho y Debate busca nuevamente facilitar elementos para el análisis y reflexión de materias de especial relevancia. Ojalá este esfuerzo pueda cumplir con los fines que se ha propuesto.

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