Derecho y Debate 97

Concluidas las elecciones regionales y municipales en el Perú, y conocido el resultado de las elecciones presidenciales, temas que analizaremos pronto con especial detalle, «Derecho y Debate» toca en esta ocasión temas de especial relevancia, los cuales espero generen su interés.

En primer lugar, aquí se consigna la versión completa de la acusación constitucional por juicio político contra el Presidente José Pedro Castillo Terrones, formulado por el congresista Ed Málaga-Trillo. Se abre así un nuevo espacio o alternativa dentro de las tensiones existentes entre el Gobierno y el Congreso peruanos que bien convendría explorar, para luego pronunciarse de manera exclusiva al respecto.

Esta edición trae también un artículo del suscrito sobre los alcances del derecho a la alimentación en el Perú.Allí lo cuestionable no es el reconocimiento del derecho invocado, sino el camino escogido para alcanzar dicho reconocimiento, el cual más bien puede llevar a una total ineficacia. A continuación, contamos con un artículo de la notable iuspublicista argentina Miriam Ivanega, texto cuya lectura recomiendo con real entusiasmo.

El aporte normativo y jurisprudencial en esta edición es invaluable.Haré entonces referencia a alguno de los tópicos abordados:

– Resolución Ministerial 254-2022-PCM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” del 16 de septiembre de 2022, donde se crea un grupo de trabajo temporal denominado “Mesa Técnica para elaborar propuestas normativas que permitan mejora la implementación del Sistema Administrativo de Gestión deRecursos Humanos» y su rectoría, y que impulsen la implementación del trámite de entidades públicas al servicio civil. Curiosamente el grupo de trabajo está integrado por un(a) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Director (a) de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, el Director(a) de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Director (a) de la Dirección de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Director(a) de la Dirección deSupervisión y Evaluación de la Superintendencia Nacional y Fiscalización Laboral ( Sunafil). No es parte de este grupo de trabajo, que tenía un plazo de diez días hábiles para conformarse y129 días calendario de vigencia, un(a) representante de Servir, institución que es el ente rector en varias de las actividades confiadas a este grupo de trabajo. Sin comentarios.

-Ley 31577,destinada a regular el procedimiento, numeración y publicación de las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso, norma de innegable sentido práctico-

– Interpretación Prejudicial hecha por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, donde se consigna que se entiende por competencia desleal y actos de competencia desleal, así como lo que se comprende por Secreto Empresarial y lo que acarrea su explotación, comunicación o divulgación sin autorización de su Título.

– Proyecto de Ley 01782-2022, mediante el cual el Gobierno peruano le propone al Congreso del Perú la reactivación de Obras Públicas paralizadas a nivel nacional.

-Ley que modifica el TUO del Código Procesal Civi aprobado por Decreto Legislativo 768, y su modificatoria, a fin de optimizar el recurso de casación para fortalecer las funciones de la Corte Suprema.

Como bien puede apreciarse, este ejemplar de «Derecho y Debate» sigue en la línea de sus antecesoras: promover el análisis profundo y el debate alturado de materias de actualidad a nivel nacional e internacional. Ojalá haya podido conseguir su objetivo.

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