Derecho y Debate 159

La presente edición de «Derecho y Debate» llega con noticias de relevancia nacional, reafirmando el compromiso informativo imparcial de este medio, invitando a la reflexión, comprensión y análisis de estos documentos para una posterior conclusión en base a lo visto.

  1. T.R.Fernandez-Estudios-Juridicos-en-la-RAP cortesía de Allan Brewer-Carías.
  2. Cámara Civil rechazó la demanda entablada por una familia contra el establecimiento educativo al que concurría su hijo menor.
  3. Cámara Civil rechazó la demanda entablada por una familia contra el establecimiento educativo al que concurría su hijo menor.
  4. El juez ordena inscribir en el Registro de Bienes Muebles un acto que por ley corresponde al SIGM, no procede la tacha. Se informa al juez, y si este reitera, se inscribe bajo su responsabilidad.
  5. SUBDIVISIÓN MUNICIPAL DE PREDIO URBANO
  6. Fallo de la SALA I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón
  7. Primera resolución administrativa en Perú que impone una sanción sobre la base del empleo de herramientas de inteligencia artificial
  8. Casación N. 44371-2022 Tacna, emitida por la Corte Suprema, que constituye precedente vinculante en materia de derechos vacacionales para los servidores comprendidos en el Decreto Legislativo N. 276.
  9. Resolución Directoral N 009 2025 DIRTIC PNP SEC Res de 25 8 25 ordena la clasificación reserva por 5 años de toda la información de las bases de datos del Sistema de Denuncias Policiales.
  10. Comunicado del CAL renuncia del Presidente del Consejo de Ministros.
  11. La Resolución del Consejo Directivo de Osinergmin N 153-2025-OS CD.
  12. Preescripción de la acción.
  13. Casación N. 2026-2021 SAN MARTÍN, una sentencia crucial de la Corte Suprema que aborda el homicidio culposo en la práctica médica.
  14. OECE, mediante la Opinión N. 21-2025-OECE-DTN, ha precisado que hasta el 31 de diciembre de 2025 las partes pueden acudir a cualquier institución arbitral, aun cuando esta no se encuentre inscrita en el REGAJU.
  15. OECE, mediante la Opinión N. 21-2025-OECE-DTN, ha precisado que hasta el 31 de diciembre de 2025 las partes pueden acudir a cualquier institución arbitral, aun cuando esta no se encuentre inscrita en el REGAJU.
  16. Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN 153-2025-OS-CD, que aprueba la Norma Condiciones para la no iniciación de procedimiento administrativo sancionador en actividades de comercialización de hidrocarburos.
  17. Jueza sostiene que consulta previa no puede protegerse con el amparo ya que no está reconocido en la Constitución como un derecho fundamental.
  18. CIADI debe publicar los extractos del razonamiento jurídico del laudo emitido y también de su rectificación, independientemente del proceso de anulación en trámite según el mismo SICRECI-MEF.
  19. Chofer de gerente, personal de confianza.

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Eloy Espinosa-Saldaña Barrera

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