Derecho y Debate 176

La presente edición de «Derecho y Debate» llega con noticias de relevancia nacional, reafirmando el compromiso informativo imparcial de este medio, invitando a la reflexión, comprensión y análisis de estos documentos para una posterior conclusión en base a lo vistos.

  1. Cautelar de Comisión Especial JNJ.
  2.  Juez federal del Distrito Sur de Nueva York emitió una decisión interesante sobre una solicitud para anular un laudo arbitral.
  3. La Octava Sala Laboral Superior de Lima ha fijado un estándar mínimo para que las sanciones disciplinarias notificadas por medios digitales sean válidas: no es suficiente cargar la medida en la intranet o en la plataforma digital del empleador.
  4. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto que un heredero con capacidad jurídica modificada, asistido por un guardador de hecho, puede aceptar una herencia sin necesidad de autorización judicial.
  5. Resolución expedida por el TFA del OEFA, que REVOCA (deja sin efecto) una Resolución Directoral (RD) emitida por la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (DFAI) en un procedimiento administrativo sancionador (PAS).
  6. En la reciente Cas. Lab. N.° 20610-2023 Lambayeque, la Corte Suprema ha precisado algunas reglas sobre el tratamiento de los contratos de suplencia.
  7. Casación N.º 7495-2025-Lima la Corte Suprema.
  8. Recurso de Nulidad N.° 1588-2023/Lima Norte, donde la Corte Suprema clarifica el título de la imputación de uno de los procesados por el delito de robo agravado.
  9. La Casación Laboral 20658-2023-Cusco reafirma un criterio consolidado desde los precedentes del Tribunal Constitucional (Exp. 0976-2001-AA/TC y 0206-2005-PA/TC): constituye despido fraudulento imputar al trabajador una falta no prevista legalmente ya que vulnera el principio de tipicidad.
  10. Demanda de amparo interpuesta por un ciudadano contra la empresa Desarrollos Terrestres Perú S.A. y la Municipalidad de Chorrillos.
  11. El Tribunal Constitucional ha declarado infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el CAL y el Ministerio Público contra le Ley 32107, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra. 

Enlace de descarga:

https://drive.google.com/drive/folders/1qLYJnOxyrbRC_MpWDlSmUAv5BJ_3Z-zs?usp=sharing

Eloy Espinosa-Saldaña Barrera

Código ORCID 0000-0003-1205-448x


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